Cápsula Jurídica
Muchas personas a través de las redes sociales me han preguntado cual es el tiempo en que la ley establece que debe ser sentenciado una persona en la que se le atribuya un delito en su calidad de imputado.
Por lo que procedo a responder esta pregunta de acuerdo a lo que establece la Ley es decir la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece en su Artículo 20 Constitucional en el apartado b de los derechos del imputado en su fracción VII lo siguiente:
VII.-Será juzgado ante de cuatro meses si se tratare de delitos cuya pena máxima no exceda de dos años de prisión, y antes de un año si la pena excediere de ese tiempo, salvo que solicite mayor plazo para su defensa;
Por lo que en los delitos donde fijen prisión oficiosa o justificada más de un año o dos para investigación complementaria vulnera el principio de una justicia pronta y expedita, violando el acceso a la justicia, a el debido proceso y a sus derechos fundamentales.
Aunado de que existe la problemática que muchas ordenes de aprehensión no cuentan con una linea de investigación ya cuando va salir la orden mandan el oficio para que se investigue.
El objeto de esta cápsula Jurídica es informar, orientar y educar en la legalidad al Ciudadano de pie.
POR. – MTRO. JUAN CARLOS CHARLESTON SALINAS, ABOGADO POSTULANTE 921-14-108-35.
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